Just another WordPress.com weblog. Aborda temas de reflexiones, investigaciones y propuestas para enfrentar el desafío de "informar y formar" responsablemente en reproducción y sexualidad humana, especialmente a los niños y jóvenes, en un compromiso conjunto de "familia", "escuela" y "profesionales especialistas.

Me permito poner a disposición de los interesados parte del interesante Proyecto que encabeza el Prof. e Investigador CRUZ YAYES BARCO en Tachira, Venezuela y que gentilmente me enviara en su oportunidad. Este fragmento me ha parecido oportuno para reflexionar respecto a lo que ocurre en cada una de nuestras realidades, en relación con la necesidad de implementar PROGRAMAS de EDUCACIÓN SEXUAL validados, sistemáticos, permanentes y flexibles que respetando los derechos de los niños y jóvenes, atienden sus reales necesidades y contribuyan a «formarlos integralmente», para que puedan vivir su sexualidad en plenitud, sanamente, sin riesgos ni temores, pero con libertad responsable y volitiva. De resultarles de interés seguiremos publicando otros acápites de tan interesante Proyecto.

PROF. GERMÁN JARA G.

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DEL TÁCHIRA

VICERRECTORADO   ACADÉMICO

DECANATO DE EXTENSION

COORDINACIÓN DE EXTENSIÓN AGRARIA

                         Programa Aproximación a la Cultura, la Salud y Educación Sexual en Ambientes Rurales

 

LA  LOPNA  Y LOS  SERVICIOS DE SALUD SEXUAL…

                                                                                            

 Cruz  Yayes Barco

 

           La Ley Orgánica para la Protección del Niño y el  Adolescente nos señala textualmente: “Artículo 50. Salud Sexual y Reproductiva. Todos los niños y adolescentes tienen derecho a ser informados y educados, de acuerdo a su desarrollo, en salud sexual y reproductiva para una conducta sexual y una maternidad y paternidad responsable, sana, voluntaria y sin riesgos.

          El Estado, con la activa participación de la sociedad, debe garantizar servicios y programas de atención de salud sexual y reproductiva a todos los niños y adolescentes.

Estos servicios y programas deben ser accesibles económicamente, confidenciales, resguardar el derecho a la vida privada de los niños y adolescentes y respetar su libre consentimiento, basado en una información oportuna y veraz. Los adolescentes mayores de 14 años de edad tienen derecho a solicitar por si mismos y a recibir servicios.”.

          Esta Ley fue promulgada, en octubre de 1.998, por el Presidente Caldera y entró en vigencia el  01 de abril del 2000. Por lo que acabamos de cumplir ya los siete años de haber  entrado en vigencia y valdría la pena preguntar, ¿qué  han hecho y cuanto han hecho los organismos responsables de hacer cumplir esta Ley, como son el Consejo Nacional de Derechos del Niño y Adolescente (CNDNA)  y los Consejos Estadales de los Derechos del Niño y Adolescente (CEDNA)?

        Los pasados meses  hemos visto por todos los medios de comunicación  a nivel nacional y regional, la reacción de estos organismos como una especie de bomberos ante el terremoto que significó la aparición de videos pornográficos grabados varios liceos de Caracas y en el Táchira, también por el escándalo de pornografía infantil en un estudio descubierto en uno de los barrios pobres de San Cristóbal. También hemos seguido la acción a favor del control de la pornografía en Internet  en los locales donde se ofrecen  los servicios de computación.

       Cabe la siguiente pregunta: ¿Estamos buscando la solución a los problemas del consumo de pornografía de los niños y adolescentes con acciones de control de los centros de Internet y  se deja  a un lado la educación sexual, en los centros educativos,  familias, medios de comunicación social, iglesias, servicios de salud, culturales, deportivos?  ¿Estamos haciendo lo mismo que se hace desde Estados Unidos en la lucha contra las drogas?  Poniendo la solución en el cultivo, producción y tráfico de la droga y manteniendo las causas del consumo y por lo tanto la  creciente y permanente demanda que hace que se produzca y se comercialice cueste lo que cueste.

       Por cuanto la LOPNA establece que: “El Estado con la activa participación de la sociedad civil deben garantizar los servicios y programas de atención de salud sexual y reproductiva…”; sentimos la responsabilidad de contribuir con esta columna a una reflexión colectiva y ojala produzca en todos los funcionarios públicos y otros líderes de la sociedad civil, una conducta  consecuente con esas responsabilidades.

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